Escudo oficial
Presidencia de la Soberanía Procuraduría General República Bolivariana de Venezuela
Emblema nacional

DECRETO Nº 1, 18 DE AGOSTO DE 2025

Aprueba y se establece un periódico oficial denominado «Gaceta Oficial de la Soberanía del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela».

LA PRESIDENTA DE LA SOBERANÍA, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 5, 7, 138, 333 y 350 de la Constitución,

DECRETA:

Art. 1º Se aprueba y se establece un periódico oficial denominado «Gaceta Oficial de la Soberanía del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela», el cual se publicará una o más veces al día y constará de una página a una columna. Cada edición será numerada progresivamente a partir del número 1.

Art. 2º Se aprueba que se publicarán en la Gaceta Oficial los decretos de cualquier ciudadano para el ejercicio de la soberanía directa previstos en los artículos 5, 7, 138, 333 y 350 de la Constitución, en documentos expedidos o que se expidan en el ejercicio de los poderes soberanos, a fin de proteger y restablecer la vigencia efectiva de la Constitución y desconocer cualquier autoridad o legislación que contraríe el principio democrático o menoscabe los derechos humanos.

Art. 3º Los documentos a que se refiere el artículo anterior producirán efectos vinculantes, como norma suprema, en los términos del Artículo 7 de la Constitución, incorporándose al ordenamiento jurídico, al que todas las personas quedarán sujetas, respecto de las autoridades nacionales, de los Estados extranjeros y de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Dichos documentos tendrán autenticidad y vigencia desde su publicación en https://gacetaoficialvzla.org , su exhibición en la cuenta oficial de X @GacetaOficialVz, y serán archivados de manera permanente, para acceso público y gratuito, en Google Drive («Gaceta Oficial»). El correo oficial es: juridico@supremovenezuela.org .

Art. 4º En razón de la usurpación de autoridad practicada por Nicolás Maduro Moro (PR), Elvis Amoroso (CNE), Carlyslia Rodríguez (TSJ), Jorge Rodríguez (AN) y Tarek Saab (CMR), quienes falsearon un acta de toma de posesión el 10/01/2025 para usurpar la autoridad de Presidente de la República, se suspende la publicación de actos en la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, con efectos retroactivos al 10/01/2025, y se activa el artículo 138 de la Constitución para declarar ineficaces y nulos todos los actos publicados en dicha Gaceta a partir del 10/01/2025.

Art. 5º La suspensión de la Gaceta Oficial estatal a que se refiere el artículo anterior volverá a regir el mismo día en que el candidato electo en el comicio del 28/07/2024, Edmundo González, suscriba el Acta de Aceptación, Compromiso, Responsabilidades, Obligaciones y Atribuciones del cargo de Presidente de la República para el período 2025/2031, conforme a los artículos 228, 230 y 232 de la Constitución.

Art. 6º El abogado Álvaro Pereira Iaccino, conforme a los poderes que le han sido otorgados, queda encargado de cumplir el presente Decreto y comunicarlo a quien corresponda como Abogado/Procurador General.

Art. 7º Este Decreto queda refrendado por la soberanía de veintiún millones trescientos veintiún mil setecientas ochenta y tres (21.321.783) venezolanas y venezolanos mayores de dieciocho (18) años y, conforme al Artículo 7 de la Constitución, tiene carácter de norma suprema que obliga a todas las personas dentro del territorio de Venezuela, así como a las personas naturales o jurídicas extranjeras que mantengan relación jurídica con la República Bolivariana de Venezuela.

Art. 8º Se aprueban los Canales oficiales:

1. Gaceta Oficial del Pueblo: https://gacetaoficialvzla.org
2. X (difusión): @GacetaOficialVz
3. Contacto jurídico: juridico@supremovenezuela.org

Art. 9º Este Decreto entra en vigor el 18 de agosto de 2025.

Caracas/Miami, 18 de agosto de 2025; 214º de la Independencia, 195º de la República y 26º de la promulgación de la Constitución.

NORIS IZARRA DE RUKOZ
Álvaro Pereira Iaccino (Abogado/procurador)

*Este texto no sustituye al publicado en la Gaceta Oficial del Pueblo de 18.08.2025 — Edición Soberana.