

DECRETO Nº 28, DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2025
LA PRESIDENTA DE LA SOBERANÍA, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 5, 7, 138, 333 y 350 de la Constitución,
DECRETA:
Art. 1º Se aprueba con fundamento en los artículos, 5, 333 y 350 de la Constitución y, se desconoce de manera irrevocable y constitucional la autoridad de Conrado Ramón Pérez Briceño del Consejo Nacional Electoral, por haber contrariado materialmente el principio y la garantía del resultado democrático del 28/07/2024 al falsificar el acta de toma de posesión el 10/01/2025 con Nicolás Maduro Moro.
(1) Toda persona —soberano, funcionario público o diplomático— está obligada a no acatar órdenes ni ejecutar
actos de Conrado Ramón Pérez Briceño.
(2) Cualquier orden emanada o acto realizado por el carece de eficacia y es nulo de pleno derecho, conforme
al artículo 138 de la Constitución.
(3) Quien acate tales órdenes o colabore en su ejecución será considerado cómplice y responderá por los daños
y perjuicios causados a la República, así como por las responsabilidades penales, civiles y administrativas que
correspondan según el caso, conforme art. 25 de la CRBV.
Art. 2º Este Decreto queda refrendado por la soberanía de veintiún millones trescientos veintiún mil setecientas ochenta y tres (21.321.783) venezolanas y venezolanos mayores de dieciocho (18) años y, conforme al Artículo 7 de la Constitución, tiene carácter de norma suprema que obliga a todas las personas dentro del territorio de Venezuela, así como a las personas naturales o jurídicas extranjeras que mantengan relación jurídica con la República Bolivariana de Venezuela.
Art. 3º — Canales oficiales.
1. Gaceta Oficial del Pueblo: https://gacetaoficialvzla.org, https://supremovenezuela.org/gacetas-oficiales.
2. X (difusión): @GacetaOficialVz
3. Contacto jurídico: procuraduria@gacetaoficialvzla.org, editorial@gacetaoficialvzla.org, presidencia@gacetaoficialvzla.org, juridico@supremovenezuela.org
Art. 5º Este Decreto entra en vigor el 18 de septiembre de 2025.
Caracas/Miami, 18 de septiembre de 2025; 214º de la Independencia, 195º de la República y 26º de la promulgación de la Constitución.
NORIS IZARRA DE RUKOZ
Alvaro Pereira Iaccino (Abogado/procurador)
*Este texto no sustituye al publicado en la Gaceta Oficial Del Pueblo de 18.09.2025 — Edición Soberana